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ASOCIACIÓN DE AGENTES DE ADUANA DE COSTA RICA

La Asociación de Agentes de aduana de Costa Rica - AAA DE CR -, es una asociación civil sin fines de lucro debidamente inscrita en el Registro de Asociaciones, desde el año 1965.

 

Nuestra Asociación está conformada por reconocidas Agencias de Aduana, persona jurídica y destacados Agentes de Aduana, persona natural ; que conforme al Código Aduanero Uniforme Centroamericano y a la Ley General de Aduanas son Profesionales Auxiliares de la Función Pública Aduanera autorizados para actuar habitualmente, en nombre de terceros en los trámites, regímenes y operaciones aduaneras, con las condiciones y requisitos establecidos en el Ordenamiento Jurídico.

Fundación y Fines generales

ASOCIACIÓN DE AGENTES
DE ADUANA DE COSTA RICA.

1)       CONSTITUCIÓN DE LA ASOCIACIÓN

Nació el 20 de abril de 1965, con el nombre de “Cámara de Agentes de Aduana”. En 1986, la Cámara se transforma, adoptando su nombre actual: “ASOCIACION DE AGENTES DE ADUANA DE COSTA RICA”.


La Asociación cuenta con un edificio propio de tres niveles, ubicado en San José, Paseo Colón, con un área aproximada de 1.400 metros cuadrados de construcción, que alberga las oficinas administrativas y docentes tanto de la Escuela como de la Universidad Braulio Carrillo.



2)       FINES Y OBJETIVOS ESENCIALES DE LA ASOCIACIÓN

Dentro de los objetivos esenciales que inspiran el funcionamiento de nuestra Asociación, encuentran un sitio especial aquellos dirigidos a formar, enriquecer e ilustrar a su asociados, así como difundir el pensamiento del Sector Aduanero Privado, contribuyendo a la vez en el proceso de reforma integral del Servicio Aduanero Nacional.


El funcionamiento, los fines y objetivos de la organización se encuentran establecidos en el Estatuto que rige la entidad y se perfilan no solo a la superación personal y profesional de los agentes de aduana, sino a contribuir fielmente con el Estado al mejoramiento y modernización del Sistema Aduanero Nacional. Nuestra ordenanza interna establece que los  fines de la Asociación son, entre otros, los siguientes: a) Proteger y representar todos los intereses generales de sus asociados; b) Estudiar a través de la Junta Directiva o de las Comisiones  correspondientes  los  diferentes   problemas  de  la actividad aduanera, con especial interés aquellos que afecten directamente a sus asociados, c) proponer y colaborar con las autoridades correspondientes en la solución de los problemas del Sistema Aduanero Nacional; d) coadyuvar al fiel cumplimiento de la legislación  aduanera  y  arancelaria  y contribuir por todos sus medios a su perfeccionamiento; e) contribuir al perfeccionamiento intelectual y técnico de los asociados y su personal por medio de seminarios, cursos, foros, conferencias, etc; f) coadyuvar en la divulgación y análisis de la jurisprudencia administrativa y judicial en materia aduanera, arancelaria, valoración, así como de las circulares, reglamentos y leyes que estén relacionadas con el Sistema Aduanero Nacional; g) efectuar publicaciones técnicas sobre la materia aduanera y divulgación de las actividades de la Asociación; h) propiciar eventos que procuren el bienestar profesional y moral de sus asociados y de su personal y facilitar sus instalaciones para que se lleven cabo; i) prestar a sus asociados la colaboración y servicio que soliciten de conformidad con las finalidades y posibilidades de la Asociación;  j)  realizar ante las instituciones públicas y privadas todas las gestiones necesarias con el objeto de facilitar todas las labores de los Agentes de Aduana de Costa Rica.


Por ello, la Asociación periódicamente realiza Congresos, Talleres, Mesas Redondas, Seminarios y actividades que fomentan la discusión y retroalimentación, además de contribuir a la formación de los asociados.


3)       DECLARATORIA DE UTILIDAD PÚBLICA PARA LOS INTERESES DEL ESTADO

El Poder Ejecutivo, de acuerdo con la potestad que le confiere la Ley de Asociaciones, y habiendo considerado que los fines y objetivos de la Asociación de Agentes de Aduana son particularmente útiles para los intereses al Estado, dado que los mismos no persiguen el lucro, sino que, en lo fundamental, se orientan a la propuesta y cooperación con las autoridades públicas en la solución de los problemas del Servicio de Aduanas, decidió declararla de UTILIDAD PUBLICA PARA LOS INTERES DEL ESTADO,  mediante el Decreto Ejecutivo N° 20767- J de fecha 23 de Setiembre de 1991, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 199 del día 18 de Octubre de 1991.


4)      COMISIONES

La Junta Directiva preocupada por el progreso del sector aduanero costarricense y de la Asociación, estableció las siguientes comisiones internas de trabajo:


- Comisión Asuntos Económicos

- Comisión Asuntos Administrativos

- Comisión Relaciones Internas​

- Comisión Comercio Exterior

- Comisión de Valor

- Comisión Asuntos Jurídicos

- Comisión Ejecutiva​


Asimismo, la Asociación en los últimos años ha participado, entre otras, en las  siguientes Comisiones Mixtas (Sector Público y Privado):


- Comisión Arancelaria Nacional

- Comité Nacional de Valoración

- Comisión Reestructurada de Aduanas.

- Comisión Asesora del Servicio Nacional de Aduanas.

- Comisión Legislativa Investigadora del Servicio Aduanero

- Comisión Redactora de Nuevos Procedimientos Aduaneros

- Comisiones del Consejo Asesor de VUCE

- Comisión de Auxiliares y Usuarios del Servicio Nacional de Aduanas.

NUESTRO HORARIO

Lun - Vier: 7:30 am-4:30 pm

Sab y Dom: cerrado

CONTACTO

Si tiene alguna pregunta o comentario, o desea contactarnos, favor utilice el siguiente formulario.

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